1. La DIAN realizó un Plan Piloto del modelo de Factura Electrónica, el cual contó con la participación de 59 empresas voluntarias de diversos sectores de la economía, y distintas ciudades del país. Listado empresas voluntarias plan piloto.
2. Los seleccionados por la DIAN para facturar electrónicamente según Resolución 072 de 2017.
3. Resolución 000076 del 1 de Diciembre de 2016 se calificó a algunos contribuyentes, responsables y agentes de retención, como Grandes Contribuyentes. Con la expedición de la Resolución 010 de 2018, los seleccionados, a partir del 1° de junio del año en curso deben facturar electrónicamente, y será exigible a partir del 1° de septiembre de 2018, fecha máxima para iniciar la expedición de facturas electrónicas con el lleno de los requisitos establecidos en el Decreto 2242 de 2015.
4. Los que opten voluntariamente a facturar electrónicamente, la DIAN emitirá resolución de habilitación indicando la fecha a partir de la cual está obligado a facturar electrónicamente. Desde esta fecha el habilitado a facturar electrónicamente es obligado a facturar por este medio. Normatividad relacionada Artículo 684-2 de Estatuto Tributario.
5. Ley 1819 del 29 de Diciembre de 2016 artículo 308 parágrafo transitorio segundo, que modifica el artículo 616-1 del estatuto tributario, señala que los contribuyentes obligados a declarar y pagar el IVA y el impuesto al consumo, deberán expedir factura electrónica a partir del 1 de enero de 2019.